Afore SURA responde preguntas esenciales sobre designación de beneficiarios y asegura un proceso sin complicaciones
MÉXICO.- Gerardo Chavarría, Gerente de Iniciativas de Negocio y Apoyo Comercial, de Afore SURA, proporciona respuestas claras a las preguntas más frecuentes sobre el tema de beneficiarios en sesiones tituladas "El ABC de las Afores".
Aquí desglosamos las claves esenciales:
¿Qué es un beneficiario?. Los recursos en una cuenta individual de Afore son propiedad del trabajador, quien tiene el derecho y la obligación de designar beneficiarios en caso de fallecimiento.
Hay dos tipos:
Beneficiarios Legales:
- Esposa o concubina: con derecho a pensión de viudez.
- Hijos: con derecho a pensión de orfandad.
- Padres: con derecho a pensión de ascendencia si no existen los dos primeros.
Beneficiarios Designados:
- Designados por el titular para recibir recursos del Ahorro Voluntario.
- ¿Qué pasa si no designo a un beneficiario?
Es crucial registrar beneficiarios para facilitar la entrega de beneficios en caso de fallecimiento. Si no se designa, los recursos se entregarán a beneficiarios legales según las proporciones de pensiones de orfandad, viudez o ascendencia.
¿Cómo registro a un beneficiario?
El proceso, presencial o digital, es sencillo y puede realizarse en el Instituto de Seguridad Social o la Afore correspondiente.
Recomendaciones de Afore SURA:
Registro: Acude al Instituto de Seguridad Social o tu Afore, proporcionando información como nombre, CURP y porcentaje asignado.
Seguimiento: Comunica claramente a beneficiarios quiénes son, el porcentaje que les corresponde y los pasos a seguir. Afore SURA permite realizar este trámite a través de su aplicación móvil.
¿Qué pasa si no reclamo los recursos de un familiar fallecido?
Los beneficiarios tienen hasta 15 años para reclamar los recursos de un familiar fallecido; de lo contrario, los reclamará el Instituto de Seguridad Social al que cotizaba el trabajador.
Afore SURA enfatiza la importancia de actuar hoy para garantizar que los beneficios no se pierdan y que el trámite para los dependientes económicos sea más sencillo.
Gerardo Chavarría de Afore SURA concluye:
Con esto, estamos garantizando que la cuenta individual, o los beneficios o derechos que se generan de la misma, no los van a perder nuestros dependientes económicos o bien no resultará tan complejo el trámite que tengan que realizar ante los Institutos de Seguridad Social o la Afore".