Por este motivo deberías guardar los recibos de tus compras, según Profeco

Uno de los documentos que solicita la Profeco para recibir alguna reclamación es el recibo de compra, ya sea del producto o servicio, por lo que es importante conservar los tickets

MÉXICO.- La mayoría de las personas al realizar sus compras, tiran los recibos de estos, lo que según la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), es un error.
 

Uno de los documentos que solicita la Profeco para recibir alguna reclamación es el recibo de compra, ya sea del producto o servicio, por lo que es importante conservar los tickets.
 

Para poner una queja, Profeco acepta cualquiera de los siguientes documentos como prueba de que adquiriste un producto o servicio:

Contrato de compra- venta 
 

Un boleto físico o electrónico expedido por el proveedor que indique las obligaciones de entrega
 

Ya sea un estado de cuenta, de transferencias bancarias, Spei o PayPal, entre otros, donde se vean reflejados los pagos al proveedor
 

Recibos o facturas por la compra o prestación de servicios
 

A través de medios electrónicos o físicos, como folletos, periódicos, revistas, trípticos o cualquier otro medio
 

Intercambiados entre tú y el proveedor
 

Cualquiera de estos documentos pueden comprobar la compra del producto o servicio, con lo que es posible interponer una queja, pero además se requiere la siguiente información:
 

  1. Nombre y domicilio del consumidor afectado
     
  2. Descripción del bien o servicio que se reclama y breve relato sobre los hechos
     
  3. Exposición clara de los hechos donde se expliquen los motivos de la afectación
     
  4. Comprobantes que se tengan
     
  5. Nombre y domicilio del proveedor que aparezca en el comprobante o recibo que ampare la queja
     
  6. Lugar o forma en que se solicita se desahogue la reclamación
     

Cuando se trate de quejas o reclamaciones grupales se deberá acreditar, además, que existe:
 

¿Cuál es el procedimiento de una queja?
 

El conciliador de Profeco buscará llegar a un acuerdo que deje satisfechas a ambas partes y se respeten los derechos del consumidor
 

El acuerdo debe ser la reposición del producto o devolución del monto pagado por el bien o servicio, contra la entrega del producto adquirido y además el pago de una bonificación no menor al 20% del costo del bien o servicio al consumidor.
 

Si la reclamación es líquida, cierta y cuantificable, que se refiere a que el consumidor hubiera entregado o transferido montos de dinero al proveedor por el costo del bien o servicio, se puede pedir un dictamen que la cuantifique para exigir ante la autoridad judicial. Se podrá pedir el embargo de bienes del proveedor.
 

Si no se llega a un acuerdo, se dejarán a salvo los derechos del consumidor para que los haga valer por la vía correspondiente y que más convenga a sus intereses.
 

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