El aguinaldo es un derecho institucional, pero lamentablemente hay varios trabajadores que no contarán con este beneficio
MÉXICO-. A medida que nos acercamos al penúltimo mes del año, los trabajadores en México esperan ansiosos la llegada del aguinaldo, un pago establecido por la ley que representa una retribución equivalente a un mínimo de 15 días de salario, correspondientes a un año, o incluso 30 días, dependiendo de las políticas de la empresa.
Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a este beneficio, ya que depende de la forma en que sus contratos estén estructurados en las empresas en las que laboran.
Este es un derecho respaldado por la ley laboral mexicana, y su propósito es brindar apoyo económico a los trabajadores al final del año.
Es fundamental que los trabajadores se encuentren bien informados
Es fundamental que los trabajadores comprendan su situación contractual y, en caso de duda, busquen asesoramiento legal o consulten con la Profeco.
Es importante que los trabajadores comprendan sus derechos y las condiciones de su contrato laboral. Aquellos que no tienen derecho al aguinaldo pueden buscar alternativas para ahorrar y planificar su presupuesto de fin de año de manera responsable.
¿Cuáles trabajadores no tienen derecho al pago de aguinaldo este año?
- Trabajadores eventuales o de temporada
Los trabajadores cuyos contratos son eventuales o por temporada pueden no estar cubiertos por el derecho al aguinaldo. Estos contratos suelen ser por un período específico o para proyectos a corto plazo.
- Trabajadores de confianza
Los trabajadores que ocupan posiciones de confianza, como gerentes, supervisores o personal administrativo de alto nivel, pueden no recibir aguinaldo. Estos empleados a menudo tienen acuerdos salariales y de beneficios diferentes.
- Trabajadores domésticos
Los trabajadores domésticos, como empleados del hogar, pueden no estar cubiertos por la obligación del empleador de pagar el aguinaldo. Sin embargo, esto puede variar según la legislación local.
- Trabajadores por honorarios
Los trabajadores que son contratados como prestadores de servicios por honorarios o bajo régimen de honorarios no tienen derecho al aguinaldo, ya que no son empleados en el sentido tradicional.
- Trabajadores independientes
Los trabajadores que son considerados independientes o autónomos, como contratistas independientes o freelancers, generalmente no reciben aguinaldo ya que no están en una relación de empleo.