El SAT comunicó en los días recientes a través de sus medios oficiales que los contribuyentes deberán activar su firma electrónica y su buzón tributario lo más pronto posible
MÉXICO-. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado recientemente a través de sus redes sociales una importante notificación para los contribuyentes mexicanos, en particular para aquellos que se encuentran en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), que agrupa a los propietarios de diversos negocios en el país.
También se ha dado a conocer que se ha otorgado una prórroga para el servicio de activación de la firma electrónica y el buzón tributario, una medida que busca facilitar el cumplimiento de estas obligaciones fiscales.
Sin embargo, esta prórroga viene acompañada de una fecha límite que los contribuyentes deben tener en cuenta.
¿Cuál es la fecha límite con la que cuentan los contribuyentes para hacer estos trámites?
La fecha límite para cumplir con la activación de la firma electrónica y el buzón tributario es el próximo lunes 2 de octubre.
Aquellos contribuyentes que no cumplan con estas obligaciones dentro del plazo establecido pueden enfrentar problemas en la emisión de facturas y, además, estar sujetos a posibles sanciones por parte de la autoridad fiscal.
Estas son las sanciones si no se activa la firma electrónica y buzón tributario
No cumplir con estas obligaciones puede tener repercusiones en las posibilidades fiscales de los contribuyentes y puede acarrear problemas con el SAT, así como con su declaración anual de impuestos.
Según lo establecido en el artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación (CFF), las multas por no cumplir con la activación de la firma electrónica y el buzón tributario pueden variar desde los 3,420 hasta los 10 mil pesos, lo que subraya la importancia de cumplir con esta obligación en el plazo establecido.