La ley establece que los menores de edad que deseen trabajar, deben contar con un certificado médico que demuestre su aptitud para el trabajo y deben someterse a exámenes médicos periódicos ordenados por las autoridades laborales
MÉXICO.- Los menores de edad que trabajan tienen derechos especiales contemplados en la Ley Federal del Trabajo y deben cumplir con algunos requisitos para poder trabajar si están entre los 15 y 18 años de edad.
La ley establece que los menores de edad que deseen trabajar, deben contar con un certificado médico que demuestre su aptitud para el trabajo y deben someterse a exámenes médicos periódicos ordenados por las autoridades laborales.
A diferencia de los adultos, los menores de 18 años no deben trabajar en establecimientos no industriales después de las 22:00 horas, en lugares donde se expenden bebidas alcohólicas de consumo inmediato, cantinas, tabernas y centros de vicios.
También se consideran labores peligrosas las que puedan afectar su moralidad o buenas costumbres, así como las que implican exposición a ruidos, vibraciones, radiaciones ionizantes, infrarrojas y ultravioletas, condiciones climáticas extremas, altas o bajas temperaturas, presiones ambientales anormales, productos químicos contaminantes, residuos peligrosos, agentes tecnológicos o enfermedades infectocontagiosas, fauna y flora nocivas.
Por ley los menores d edad no pueden trabajar de noche en actividades industriales, así como después de las 22:00 horas en altura o espacios confinados, según el canal de información en capital humano Plarhe TV.
Hay restricciones además para el trabajo en condiciones climáticas extremas, en campo abierto que puedan exponerlos a deshidratación, golpe de calor o hipotermia.
Se incluyen prohibiciones específicas para el trabajo en vialidades con alto volumen de tránsito vehicular, actividades agrícolas, forestales, pecuarias, caza y pesca, industrias caseras, industrias del cemento, mineral de hierro, acero, petróleo y nuclear, industrias de la cerámica, vidrio y cera, industria tabacalera, generación, transmisión y distribución de electricidad, mantenimiento de instalaciones eléctricas, obras de construcción con responsabilidad directa sobre el cuidado de personas o la custodia de bienes y valores, y en la revisión, mantenimiento y pruebas de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos, generadores, probadores y calderas.