La norma del teletrabajo entrará en vigor a partir de diciembre, que aplicará para todos los trabajadores que realicen más del 40% de sus actividades en un domicilio diferente al centro de trabajo
MÉXICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dio a conocer que en el Diario Oficial de la Federación se publicó la Norma 037 del teletrabajo, donde se establecen las condiciones de seguridad y salud para los trabajadores.
La norma del teletrabajo entrará en vigor a partir de diciembre, que aplicará para todos los trabajadores que realicen más del 40% de sus actividades en un domicilio diferente al centro de trabajo.
La Norma 037 cumple con las reformas a la Ley Federal del Trabajo que se implementaron desde enero de 2021, para regular esta modalidad de empleo.
¿Cuáles son los derechos que tendrán los colaboradores en el teletrabajo?
A través de un comunicado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social se dieron a conocer algunas de las disposiciones de esta norma y son:
- Obligación del empleador a proveer las herramientas necesarias para el desempeño del trabajo desde casa, como sin sillas ergonómicas, aditamientos ergonómicos y cualquier otro elemento requerido
- Los empleadores deben cubrir los costos proporcionales del consumo de Internet y energía eléctrica, así como los equipos utilizados, como computadoras, tabletas, teléfonos inteligentes, impresoras y tinta
- Reconocimiento del derecho a la desconexión, lo que implica cumplir con los tiempos de la jornada laboral y no participar en reuniones o utilizar equipos de trabajo durante vacaciones, permisos y licencias
- Requisito para que los trabajadores cuenten con un lugar seguro y adecuado para el teletrabajo, protegido contra agentes físicos y riesgos ergonómicos y psicosociales
- Participación preponderante de las Comisiones de Seguridad e Higiene, quienes validarán las condiciones de trabajo mediante visitas de constatación, listados requisitados por los propios trabajadores y evidencias fotográficas o de video
- Reconocimiento de los mismos derechos laborales para los trabajadores en teletrabajo, incluyendo el derecho a la sindicalización, negociación colectiva y contacto con compañeros de trabajo en el centro laboral
- Establecimiento de una Política de Teletrabajo que contemple mecanismos de comunicación y reglas de contacto entre empleador y trabajadores, así como la duración del horario y distribución de la jornada
- Posibilidad de reversibilidad del teletrabajo en casos de alteraciones de seguridad y salud en el trabajo o por intereses laborales del trabajador
- Enfoque de género, con protecciones especiales para personas que puedan sufrir violencia en el hogar y reconocimiento del derecho de las mujeres en periodo de lactancia a tener pausas para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Norma 034 se une a las 44 normas emitidas por esta autoridad en materia de seguridad y salud en el trabajo.