Desde el primero de abril del presente año se puede realizar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), siendo esta una obligación que, de dejarla pasar, traería grandes consecuencias para el contribuyente.
MÉXICO.- Desde el primero de abril del presente año se puede realizar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), siendo esta una obligación que, de dejarla pasar, traería grandes consecuencias para el contribuyente.
En caso de que el SAT detecte que la declaración no se presentó en tiempo y forma, las multas podrían hacerse presente.
¿De cuánto son las multas por no realizar a tiempo la declaración?
Las primeras sanciones por no presentar en tiempo y forma la declaración anual, se encuentran determinadas en los artículos 81 y 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, explica Miguel Ángel Suárez, especialista fiscal.
Es una multa equivalente a mil 560 pesos, y hasta 19 mil 530 pesos, esto es por la no presentación de declaración”, explica el especialista.
Asimismo, el fisco tiene la facultad de exigir la declaración extemporánea y si se ignora este requerimiento viene otro castigo, refiere Suárez Amador.
Hay contribuyentes que una vez que la autoridad les requiere la declaración no la presentan en el plazo que aparece en el requerimiento, que son alrededor de quince días, entonces por ese desacato viene una segunda sanción que va de los mil 560 pesos hasta los 38 mil 700 pesos”, se puntualiza.
En caso de que no se realice la multa, el SAT insistirá, tal como refiere Edilberto Castro, especialista en impuestos.
Las multas pueden estar requiriendo la autoridad hasta en tres ocasiones; si no lo hago, puede llegar al proceso administrativo de ejecución y hasta el embargo.
Por todo lo anterior, la recomendación consiste en cumplir con el fisco. Pues el 2 de mayo vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual.