¿El SAT vigila las transferencias bancarias?

Saber que la autoridad fiscal es notificada sobre los depósitos en efectivo superiores a los 15 mil pesos, ha despertado la curiosidad de las personas respecto a si ocurre lo mismo con las transferencias bancarias y aquí te lo decimos

MÉXICO.- Cuando una persona recibe depósitos en efectivo de más de 15 mil pesos, las instituciones financieras tienen la obligación de informarlo al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
 

Saber que la autoridad fiscal es notificada sobre los depósitos en efectivo superiores a los 15 mil pesos, ha despertado la curiosidad de las personas respecto a si ocurre lo mismo con las transferencias bancarias y aquí te lo decimos.
 

¿El banco notifica sobre las transferencias de más de 15 mil pesos al SAT?
 

En el caso de las transferencias bancarias, realizadas a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), el SAT no las revisa, ni los bancos reportan cuando éstas superan cierta cantidad, de acuerdo con la entrevista para El Financiero de Elio Zurita, miembro de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de la Ciudad de México.
 

¿El SAT vigila las cuentas bancarias?
 

Según Finerio, la aplicación para dar seguimiento a gastos mensuales y presupuestos de manera automatizada, las cuentas más vigiladas por el SAT, son las que tienen ingresos por más de 15 mil pesos al mes, además de las tarjetas de crédito.
 

Especialmente es importante tener cuidado con el uso de las tarjetas de crédito y evitar prestarlas a familiares o amigos, porque por ejemplo si tus estados de cuenta reflejan pagos a tarjetas de crédito por 30 mil pesos, puedes recibir una carta del SAT invitándote a explicar de dónde obtienes esos ingresos.
 

Así que lo mejor para ti será evitar prestar tu tarjeta para no tener complicaciones ante la autoridad fiscal, porque además será complicado para ti comprobar que alguien más utilizó tu crédito para sus compras.
 

¿Quién está sujeto a revisión por parte del SAT?
 

De acuerdo con Finerio, el SAT puede revisar las cuentas de las siguientes personas:
 

  1. Personas físicas no inscritas en el RFC
     
  2. Personas inscritas en el RFC que no presenten sus declaraciones
     
  3. Personas inscritas al RFC que declaren ingresos menores a las erogaciones realizadas en el año del calendario
     

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