Los padres deben hacerse responsables del pago puntual de la pensión alimenticia; sin embargo, en ocasiones, estos se niegan debido a que el menor no cuenta con su apellido.
MÉXICO.- Los padres deben hacerse responsables del pago puntual de la pensión alimenticia del hijo; pero, en ocasiones, estos se niegan debido a que el menor no cuenta con el apellido del papá, por lo que las madres se cuestionan si es posible demandar, en estos casos, al padre por pensión alimenticia.
En resumidas palabras, la respuesta es sí; sin embargo, de acuerdo con el portal Abogacia.mx, para esto, es necesario poner una demanda de Reconocimiento de Paternidad al padre de tu hijo.
¿Qué es la demanda por paternidad?
El portal Lexpro señala que la demanda por paternidad corresponde a un proceso judicial que ocurre cuando un padre no quiere reconocer a su hijo; y, para ello, lo primero sería conseguir a un abogado, ya que se debe ir a los tribunales.
Pasos a seguir para la demanda por paternidad.
- Conseguir un abogado.
- Presentar la demanda, acercándose a los tribunales por “Reclamación de Paternidad”;
- Los tribunales pedirán pruebas de que el demandado fue tu pareja o tuvo relación contigo.
- Audiencia por reclamación de paternidad.
- -Examen de ADN: para el examen hay dos opciones: Servicio Médico Legal, que es gratuita pero más lenta y podrías esperar hasta tres meses para los resultados; Consulta Privada, es una opción para hacerlo de forma independiente, pero el trámite es rápido, aunque deberán de pagarlo las partes interesadas.
El juicio se desarrollaría en dos audiencias.
Si en la primera se reconoce la paternidad, el juicio queda terminado; de lo contrario, si la demanda no comparece, niega o manifiesta dudas acerca de su paternidad, el juez ordenará de inmediato la prueba de ADN para comprobar su filiación consanguínea con su progenitor.
¿Qué hacer si el padre no reconoce al hijo?
Después de que la demanda proceda, se realiza una prueba de paternidad, misma que deberán pagar las partes interesadas; y, de resultar positiva, es el padre quien tendrá que abonar la cantidad que ha costado la prueba, así como la pensión alimenticia retroactiva.
Esto quiere decir que el padre, en caso de ser reconocido a través de la prueba, tendrá que abonar las cantidades que ha dejado de pagar años atrás por su hijo. Después, se asignará el pago regular de una Pensión Alimenticia, según lo que el niño necesite, que corresponderá al cálculo respecto al salario que perciba el padre.
¿Qué viene después del juicio y sentencia?
Una vez decretada la sentencia e inscrito al padre en el Registro Civil, vienen todas las responsabilidades y obligaciones legales que tiene sobre un hijo. Y, una vez resuelto el juicio, si el padre no cumple con una de estas obligaciones, puede ser demandado por la madre para que pague la pensión de alimentos y se haga cargo del menor.
Cambio de apellido y demanda.
Este es un punto a tener en claro, una vez termine el juicio y el padre reconozca al menor, el hijo deberá cambiar su apellido y adoptar el apellido del padre; y, con la sentencia a favor, el padre deberá responder económicamente por el menor con la pensión de alimentos, y estar también presente.
¿Qué es una pensión alimenticia?
Tal como estipula el Código Civil Federal, la pensión alimenticia engloba todo lo relacionado a la salud, vestimenta, alimentación, educación y esparcimiento de un menor de edad o un hijo incapacitado. Lo ideal es que los padres lleguen a un acuerdo sobre la manutención; pero, en caso de que no surja, un juez hará intervención y realizará un cálculo económico para definir la cantidad que uno de los padres, o tutores, deberá de entregar al hijo.
La ley estipula, además, que la pensión debe ser entregada hasta que los hijos cumplan la mayoría de edad; pero, en caso de que el hijo siga cursando una carrera universitaria, se podría extender.
¿A cuánto corresponde la pensión alimenticia?
De acuerdo con la ley, lo mínimo que se puede dar en una pensión alimenticia es del 15% de las percepciones recibidas del padre. Para hacer el cálculo, el juez tomará en cuenta las siguientes situaciones:
- - Edad y estado de salud.
- - Grado de estudios y posibilidad de acceso a un empleo.
- - Medios económicos de uno y otro cónyuge según las necesidades.
- - Otras obligaciones que tenga el cónyuge deudor.
- - Otras circunstancias que el Juez estime necesarias y pertinentes para el caso.