Si un adulto mayor registrado en la Pensión del Bienestar fallece, debe darse aviso a la Línea del Bienestar al número 800 6394 264, pero si tienes la idea de continuar con los cobros, deberías pensarlo dos veces, porque de hacerlo incurres en un delito
MÉXICO.- La Pensión del Bienestar es un apoyo que otorga el Gobierno federal a todos los adultos mayores con 65 años de edad cumplidos y que se pierde una vez que la persona beneficiaria fallece.
Si un adulto mayor registrado en la Pensión del Bienestar fallece, debe darse aviso a la Línea del Bienestar al número 800 6394 264, pero si tienes la idea de continuar con los cobros, deberías pensarlo dos veces, porque de hacerlo incurres en un delito.
¿Qué pasa si un familiar falleció y sigues cobrando la Pensión del Bienestar?
En caso de que no des aviso a las autoridades sobre el fallecimiento del beneficiario y decidas continuar con el cobro de su pensión, podrías ser acusado de fraude.
Las pensiones que se obtienen por el trabajo, normalmente ofrecen algunos beneficios a sus familiares, como podría ser la pensión por viudez, y la Pensión del Bienestar no es la excepción.
La Secretaría del Bienestar cuenta con un apoyo denominado Pago en Marcha, que se otorga a quienes cuidaron del adulto mayor beneficiado con la pensión.
Este apoyo se otorga por única ocasión y uno de los requisitos es que se dé aviso a la Secretaría del Bienestar sobre la baja del adulto mayor para evitar que otras personas cobren en su nombre.
La cantidad que se otorga del programa Pago en Marcha, es el equivalente al apoyo que recibía el adulto mayor en un bimestre, que este año son 4 mil 850 pesos.
Los documentos que debe presentar el familiar para recibir el apoyo son:
- Identificación oficial de la persona fallecida
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del beneficiario fallecido
- Carta de defunción
- Constancia médica donde se certifique la causa de la muerte
- Identificación oficial del familiar que recibirá el apoyo
- Dirección donde se podrá localizar a la persona