Si eres una persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar distintas deducciones personales; sin embargo, existen ciertas cosas que no deberías facturar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
MÉXICO.- Si eres una persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar distintas deducciones personales; sin embargo, existen ciertas cosas que no deberías facturar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Deducciones que tienes derecho a presentar.
Si obtuviste ingresos por los conceptos de: salarios, que corresponde a actividades empresariales y profesionales, arrendamiento, enajenación de bienes e intereses, debes cumplir a tiempo con la presentación de esta obligación pero sobre todo de verificar tus deducciones, según los expertos fiscales.
Productos y servicios que generan deducciones personales para una persona física.
Las deducciones personales para personas físicas asalariadas corresponden a distintos factores:
- - Gastos médicos.
- - Gastos funerarios.
- - Primas por seguros de gastos médicos mayores.
- - Donativos.
- - Colegiaturas.
Las facturas que entran como concepto de gastos médicos son:
- - Honorarios médicos y dentales. En este caso, en el recibo de honorarios debe constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista.
- - Gastos hospitalarios.
- - Gastos relativos a la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- - Medicinas, siempre y cuando estén incluidas en los documentos que expidan en hospitales, por lo que no se podrá deducir la compra de medicinas que efectúes en farmacias.
- - Análisis y estudios clínicos.
- - Prótesis.
Lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto que no exceda de $2,500 pesos, debiendo contar con la prescripción de los lentes y el comprobante fiscal o bien: el diagnóstico del oftamólogo.
Si los gastos de hospitalización u honorarios fueron pagados por personas residentes en el extranjero, no podrán ser deducidos.
El SAT rechazó las devolución de saldo a favor de personas físicas por una indebida aplicación de gastos médicos, es decir: se debe a que se introducen como gastos médicos CFDI por compras de medicamentos, que son solo deducibles.
¿Qué facturas no son deducibles?
- - Medicamentos: no son partes de las deducciones personales, quizá algunas cosas sí tienes negocios entren como botiquín.
- - Higiene personal: el shampoo o crema para afeitar no son parte de tu negocio. A diferencia de los productos de limpieza se pueden entrar.
- - Artículos para el hogar: lavadora, a menos que sea para la lavandería o negocio o una licuadora para un restaurante.
- - Los gastos médicos como las consultas de dentistas son deducciones personales y forzosamente deben pagarse con tarjeta o transferencia.
- - Gasolina para actividad comercial, deberá pagarse con tarjeta de crédito.
- - Pijama, ropa de niño.
Es menester tener en cuenta que, en caso de realizar una factura sin los requisitos solicitados, el SAT puede emitir una sanción económica que va desde los 400 hasta los 600 pesos, en caso de cancelar un Comprobante Fiscal (CFDI) fuera del tiempo, la multa puede ser del 5 al 10 por ciento del monto de cada factura.