Pese a que el SAT considera que las propinas son ingresos, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), indica que éstas no estarán sujetas a retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por parte del empleador
MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), considera que las propinas son un ingreso de los trabajadores, por lo que deberían pagar Impuesto Sobre la Renta (ISR), por este dinero.
Pese a que el SAT considera que las propinas son ingresos, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), indica que éstas no estarán sujetas a retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por parte del empleador.
La diferencia está en que el patrón no participa en este pago, ya que es una gratificación que entrega el cliente directamente.
Además, las propinas deberían considerarse para el Salario Base de Cotización, pues según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deben verse como parte del salario y por lo mismo podrían sumarse a las cuotas que entrega el patrón.
Es decir, en términos generales, todos los trabajadores que reciben propinas deberían incluirlas en sus declaraciones del Impuesto Sobre la Renta, para evitar problemas con el SAT.
En caso de tener dudas, lo mejor es consultar con un contador cómo debe hacerse una declaración de impuestos para evitar incurrir en errores.
Con información de Televisa.