Como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio algunos gastos de salud, educación y otros más
MÉXICO.- Quienes declaran impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tienen la posibilidad de deducir algunos gastos personales y aquí te diremos cuáles son.
Como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio algunos gastos de salud, educación y otros más.
Gastos personales de salud
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), puedes deducir el tema de salud:
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de sicología y nutrición (sólo sin son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes)
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales (no proceden los comprobantes de farmacias)
- Honorarios de enfermeras
- Análisis, estudios clínicos
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
- Prótesis
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas o de seguridad social
Gastos personales de educación
- Colegiaturas en instituciones educativas privadas, con valides oficial de estudios, desde el nivel preescolar, hasta el bachillerato o equivalente, con límite anual de deducción.
- Preescolar: 14 mil 200 pesos
- Primaria: 12 mil 900 pesos
- Secundaria: 19 mil 900 pesos
- Profesional técnico: 17 mil pesos
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos
Si quieres hacer efectivo el beneficio, debes contar con el comprobante de pago correspondiente.
Otros gastos personales deducibles
- Gastos funerarios de tu cónyuge o concubina, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos
- Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afores)
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda el 5%