El director de Programas Académicos de Finanzas, Economía y Contaduría de la Universidad Autónoma de Guadalajara (UAG), Juan Carlos Arámbula, compartió algunos consejos para entender mejor la declaración anual de personas físicas
MÉXICO.- La declaración anual de las personas físicas debe presentarse durante este mes y aunque puede parecer un proceso complicado, realmente no lo es, gracias a las facilidades del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El director de Programas Académicos de Finanzas, Economía y Contaduría de la Universidad Autónoma de Guadalajara (UAG), Juan Carlos Arámbula, compartió algunos consejos para entender mejor la declaración anual de personas físicas.
¿Quién debe presentar la declaración anual ante el SAT?
Los contribuyentes con ingresos acumulables a lo largo del ejercicio y que estén en los siguientes supuestos, deben presentar su declaración anual:
- Tuvieron dos o más empleadores durante el último año
- Sus ingresos superaron los 400 mil pesos en el último año
- Recibieron salario de empresas en el extranjero que no tengan obligación de hacer retenciones en México
- Quienes obtuvieron ingresos por concepto de intereses reales que superaron los 100 mil pesos
¿Cómo se hace la declaración anual ante el SAT?
La declaración anual debe hacerse mediante el sitio oficial del SAT, en los formatos que ahí mismo se indican, junto con firma electrónica avanzada del contribuyente que presente su declaración.
Pese a las facilidades para presentar la declaración anual, lo más recomendable es tener el apoyo de un contador, ya que sin él se pueden cometer algunos errores al cumplir con esta obligación.
¿Nunca antes habías presentado declaración anual ante el SAT?
Si por primera vez presentarás tu declaración anual, lo mejor es que a lo largo del año lleves tu contabilidad y tengas a la mano los siguientes datos y documentos:
- Ingresos totales
- Pagos provisionales
- CDFI de deducciones personales
- Comprobante de retenciones del ISR
¿Qué gastos se pueden deducir de impuestos?
Las personas físicas pueden deducir los siguientes rubros:
- Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición
- Gastos hospitalarios, efectuados para el contribuyente, su cónyuge o para la persona con la que vive en concubinato, sus ascendientes o descendientes en línea directa
- Gastos funerarios, que no excedan el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año
- Los donativos no onerosos si remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el SAT
- Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación, contratados con las instituciones del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos no exceda 750 mil unidades de inversión
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro
- Las primas por seguros de gastos médicos, complementarias o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con la que vive en concubinato
- Los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria en los términos de las disposiciones jurídicas del área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto en la colegiatura
- Los pagos efectuados por concepto del impuesto local sobre ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%
- Los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico y medio superior a que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta
Con información de El Imparcial.