Desde 2020 registrar y mantener actualizados los medios de contacto es una obligación fiscal y el incumplimiento de ésta, puede ser motivo de infracción de entre 3 mil 420 pesos y hasta 10 mil 260 pesos
MÉXICO.- Los contribuyentes tienen la obligación de activar el buzón tributario, porque de lo contrario pueden recibir multas, recordó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Desde 2020 registrar y mantener actualizados los medios de contacto es una obligación fiscal y el incumplimiento de ésta, puede ser motivo de infracción.
¿De cuánto son las multas del SAT por no activar el buzón tributario?
Según información de la autoridad fiscal, en el artículo 86-C y 86-D, del Código Fiscal de la Federación, se establece que por no habilitar el buzón tributario, el no registrar o actualizar los medios de contacto, representa una multa entre 3 mil 420 pesos y hasta 10 mil 260 pesos.
¿Quiénes están obligados a habilitar el buzón tributario?
Todas las personas físicas y morales, a excepción de quienes estén ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con situación fiscal cancelados, por estar relevados.
Además, tienen la opción de habilitarlo o no, personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asimilados a salarios, con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
¿Cómo habilitar el buzón tributario?
- El primer paso es ingresar al portal oficial del SAT, donde encontrarás en la parte inferior izquierda la opción para ingresar al minisitio del buzón tributario, la cual debes seleccionar
- Cuando ingreses al minisitio, en la parte superior derecha selecciona la opción “habilita tu buzón” y para acceder deberás ingresar tu contraseña
- Necesitarás tu RFC, contraseña, escribir el código captcha y dar clic en “enviar”
- Si decides ingresar con la e.firma, deberás capturar tus archivos .cer, .key, la clave privada y seleccionar la opción “enviar”
- Después verás una pantalla en la que deberás ingresar tu correo electrónico y número de celular a 10 dígitos, para que sean tus medios de contacto ante el SAT
- Si logras completar el proceso correctamente, aparecerá en la pantalla fecha, número de folio y hora del registro, en cuyo caso deberás seleccionar la opción “imprime acuse”
- Recibirás un mensaje SMS y un correo electrónico con el aviso de confirmación, pero debes considerar que tienes un límite de 72 horas para confirmarlos
- En el aviso de confirmación del correo aparecerá un link para que confirmes el correo electrónico y deberás seleccionarlo, después de lo cual podrás ver la confirmación satisfactoriamente
- Una vez que recibas el mensaje de la confirmación en tu teléfono, deberás ingresar al buzón tributario para seleccionar la opción “configuración”, después “capturar código de activación” y dar clic en el botón “continuar”
- Al final recibirás un mensaje donde se te indicará que tus medios de contacto ya fueron activados y llegará una alerta de que tienes un mensaje en el buzón tributario
- Solamente ingresa para revisar la bandeja de entrada en “mis comunicados” y descarga el acuse que confirma tu registro y con eso habrás activado tu buzón tributario