Puedes encontrar todo lo que necesitas saber para pensionarte, a qué edad te conviene hacerlo y cuánto vas a recibir.
Hay dos tipos de régimen en el Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS: el de 1973 y el que entró en vigencia el 01 de julio de 1997. Estos aplican de acuerdo a la fecha en la que hayas iniciado las cotizaciones al Instituto.
- Régimen de 1973.- Trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997
- Régimen de 1997.- Trabajadores que comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997.
Existen algunos requisitos que debes cumplir para pensionarte en el seguro de edad avanzada y vejez. Recuerda que todos estos requisitos los establece la Ley del IMSS.
Pensión por régimen de 1973 (Cotizar antes de 1997):
Mínimo 500 semanas de cotizadas. Dependiendo de la edad en la que te pensiones, siempre que tengas por lo menos 60 años de edad, te corresponderá un porcentaje de la pensión que te hubiera correspondido al solicitarla a los 65 años.
- 65 años.- Pensión de Vejez: 100%
- 64 años Pensión de Cesantía: 95%
- 63 años Pensión de Cesantía: 90%
- 62 años Pensión de Cesantía: 85%
- 61 años Pensión de Cesantía: 80%
- 60 años Pensión de Cesantía: 75%
Para determinar de cuánto será tu pensión se toma en cuenta el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente los últimos 5 años) y el nivel salarial.
El máximo salarial es de 25 veces el salario mínimo del DF, por lo que es el límite que se utiliza para el cálculo de las pensiones del IMSS.
Pensión por régimen de 1997:
Requiere un mínimo 1250 semanas de cotización y tu pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta individual y se actualizará anualmente. Necesitarás 60 a 64 años por cesantía y 65 años por vejez.