Infonavit y SE crean NOM para proteger de abusos y fraudes a derechohabientes

La Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021, regulará las prácticas comerciales y de publicidad, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados con la compraventa de un inmueble destinado a casa habitación

MÉXICO.- El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y la Secretaría de Economía (SE), crearon una Norma Oficial Mexicana (NOM), para proteger a derechohabientes de abusos y fraudes.

La Norma Oficial Mexicana NOM-247-SE-2021, regulará las prácticas comerciales y de publicidad, así como los elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados con la compraventa de un inmueble destinado a casa habitación.

La nueva norma publicada en el Diario Oficial de la Federación garantizará la protección efectiva de los derechos de los consumidores ante empresas inmobiliarias, construcciones, instituciones financieras, promotores y otros actores que participan en este mercado.

La NOM-247-SE-2021 establece que los proveedores están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, calidades, medidas, materiales, acabados, seguros, intereses, cargos, términos, forma y condiciones de pago, plazos, fechas y demás condiciones aplicables en la comercialización, sobre todo aquellos que se hubieran ofrecido en la entrega del inmueble”, se lee en el documento.

Protección de Infonavit y SE contra publicidad engañosa

En lo que se refiere a publicidad, el documento indica que ésta debe privilegiar la transparencia en todo momento, mediante información veraz, comprobable, clara y exenta de elementos que induzcan al error o confusión al consumidor, por engañosa o abusiva, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Lo anterior será aplicable a todas las personas físicas o morales que intervengan directa o indirectamente en la asesoría y venta de vivienda, de tal forma que se promuevan mejores prácticas y una mayor transparencia en el sector, en beneficio de las familias mexicanas.

Sobre las condiciones de las viviendas, la normativa señala que es indispensable, para realizar cualquier transacción, que el inmueble cuente con las instalaciones y condiciones necesarias para la provisión de los servicios básicos.

Esto se refiere a que cuenten con energía eléctrica; abastecimiento de agua potable y desalojo de aguas residuales, aprovechamiento de gas LP; gas natural; electricidad o cualquier otro combustible, sistema o tecnología para cocinar alimentos y calentar agua.

Además de regular las prácticas comerciales y de publicidad, la norma establece las obligaciones en materia de anticipos, enganches, bonificación y el uso de las marcas de Infonavit, Fovissste u otros organismos públicos de vivienda.

Esta disposición será fundamental para que terceros no autorizados, como “coyotes”, lucren a costa de los derechohabientes de dichas instituciones.

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