El mes de abril es conocido por ser la época de la declaración y el pago de impuestos; sin embargo, una duda común es preguntarse si los choferes de las plataformas digitales (Uber, Didi, Indriver,etc) y los repartidores de Rappi están obligados a presentar dicho trámite.
MÉXICO.- El mes de abril es conocido por ser la época en la que se debe presentar la declaración y el pago de impuestos para personas físicas; sin embargo, algunas personas se preguntan si están obligados los choferes de Uber (Didi, InDirver, etc) y repartidores de Rappi a presentar dicho trámite.
Según informa Gustavo Leal Cuevas, experto del Instituto de Especialización para Ejecutivos, explicó para El Universal cómo funciona el esquema de tributación para los que se dedican a prestar estos servicios por medio de aplicaciones por internet.
Por lo que recordó que, en México, existe el Régimen de Plataformas Digitales, mediante el cual, algunos deben presentar la declaración de impuestos en el mes de abril.
Ejemplificación con un caso de AirBNB.
Es decir: se ejemplificó que, si una persona renta su casa a través de una plataforma digital como AirBnB y obtiene ingresos mensuales, la misma plataforma ya se encarga de la retención de impuestos sobre el ingreso, que equivale a un 4%.
Si dichos ingresos no superan los $300 mil pesos al año, esa retención queda como pago definitivo, y ya no tiene que presentar declaración ni pagar impuestos”, se puntualiza.
Este hecho representa una ventaja, debido a que significa que el cumplimiento de las obligaciones, e incluso el impuesto puede ser menor sobre el que ellos mismos calculan sobre una base real, considerando, finalmente, los ingresos y deducciones.
Si ganan más de $300 mil anuales.
Por otra parte, en caso de que recibir más ingresos de los antes mencionados, sí les conviene deducir gastos y en consecuencia se tendrá que presentar la declaración mensual y declaración anual, manifestando sus deducciones y con el cálculo de sus impuestos.
¿Qué sucede si se trabaja para dos plataformas?
En ocasiones, los contribuyentes anuncian su vivienda y trabajan para otra plataforma; o, en el sector de los repartidores de comida se ve que trabajan para varias plataformas; sin embargo, esto no implica que deban presentar su declaración, sin embargo, sus ingresos deben ser por debajo a los $300 mil pesos al año.
Régimen de Plataformas Digitales,
El 1 de junio de 2020 entró en vigor el nuevo esquema tributario en el que las personas físicas con actividad empresarial, autónomos, pymes y empresas vinculadas a las plataformas tecnológicas nacionales y extranjeras adquieren nuevas obligaciones fiscales como el pago de IVA, Impuesto al Valor Agregado, e ISR (IImpuesto sobre Renta).